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Contabilidad y registro contable

Las deducciones de una persona física con actividad empresarial

Todo dependerá de a qué te dediques o el tipo de empresa que tengas. Si estás realizando tu declaración de impuestos mensual, a continuación te decimos cuáles son las deducciones de una persona física con actividad empresarial. Como seguramente ya sabes, al estar dado de alta en el Sistema de Administración Tributaria (SAT) como contribuyente tienes ciertos derechos y obligaciones que cumplir.

Si estás en el régimen de persona física con actividad empresarial o prestas algún servicio profesional, tu obligación con el SAT es registrar todos tus ingresos, es decir, las facturas que emitas, así como tus gastos, o sea, las facturas que recibas y presentar la declaración mensual y anual. Ahora bien, como derecho, puedes tener deducciones mensuales por gastos, material o instrumentos que necesites para desarrollar tu trabajo, o algún tipo de inversiones que sea indispensable para tu empleo. Por ejemplo, un chef puede deducir la compra de un electrodoméstico de cocina, mientras que un cirujano no podría hacerlo.

En el caso de que tu actividad implique trasladarte de un sitio a otro, puedes deducir la gasolina, las casetas e incluso hasta un auto que adquieras. En este caso tanto el chef como el cirujano podrían deducir estos gastos. Pero, ¿qué es una deducción? Una deducción no es más que los gastos que el SAT ha autorizado y que puedes restar de tus ingresos acumulados ya sea de manera mensual o anual, y que te ayudarán a pagar menos impuestos. De hecho, hay casos en los que lo deducible te ayuda a obtener un saldo a favor en tu declaración y contar con la devolución de los impuestos.

Tipos de deducciones para las personas físicas con actividad empresarial

“Dentro de las deducciones existen dos tipos, las personales y las profesionales. Las primeras son independientes de la actividad del contribuyente y se hacen para generar ingresos, estas sólo pueden realizarlas las personas físicas, mientras que las profesionales o autorizadas, son las que se relacionan a la profesión”, afirma Jonathan Hernández, contador público por el Instituto Politécnico Nacional.

Para saber cuáles se incluyen en el régimen de personas física con actividad empresarial y qué deberás tener en cuenta para realizar tus declaraciones, el SAT enumera las más genéricas y aquí te presentamos una lista de ellas divididas en personales (gastos de salud, educación) y profesionales (empresariales – si es que estás arrancando una micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) – y otras).

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Deducciones Personales

Salud

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. También se pueden deducir los honorarios de enfermeras, por ejemplo, que cuiden de algún familiar directo.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Análisis y estudios clínicos tanto para ti como los de tus familiares directos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales de hasta 2,500 pesos.
  • Primas por seguros de gastos médicos o gastos médicos mayores.

Educación

Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde preescolar hasta bachillerato. Ojo, sólo se permite un monto anual como límite para deducir y que son según el grado los siguientes:

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.

Cabe mencionar que en este rubro, si el alumno recibe una beca, este gasto ya no puede ser deducible, aplica únicamente cuando se hace el pago por la cantidad total de la colegiatura.

Otros gastos

  • Gastos funerarios de familiares directos.
  • Intereses pagados por créditos hipotecarios.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

Deducciones Profesionales de las personas físicas con actividad empresarial

Empresariales

  • Pago de sueldos y salarios.
  • Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
  • Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
  • Luz y teléfono del local para tus actividades.
  • Papelería y artículos de escritorio.
  • Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo o transporte.
  • Las mercancías, materias primas, productos terminados o semiterminados, que utilices para producir tus bienes o servicios.
  • Gastos imprescindibles para la realización la actividad. Se puede incluir alimentos como agua o café.
  • Intereses pagados derivados de la realización de actividad empresarial o servicio.

Recuerda que en este régimen deberás realizar tus declaraciones mensuales y anuales. En las mensuales se calculará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), además de presentar una declaración informativa de operaciones con terceros donde presentas las operaciones de tus proveedores. Mientras que en la declaración anual, presentarás un informa de los montos totales de tus ingresos, las retenciones y los pagos provisionales que hayas realizado de tus declaraciones mensuales.

Si tienes dudas o deseas más información sobre las deducciones, puedes visitar la página web del SAT.